sábado, 13 de febrero de 2010

¿En qué quedamos por fin?

Por: Amylkar D. Acosta M.

Una mala causa empeora cuando se la trata de defender

Como era de esperarse, la expedición de los decretos por parte del gobierno dizque para conjurar la amenazada “sostenibilidad fiscal y la estabilidad del Sistema General de Salud” causó estupor y rechazo tanto entre los usuarios del régimen contributivo como aquellos que supuestamente se iban a ver beneficiados con tales medidas, los del régimen subsidiado.

Con la mampara de universalizar el aseguramiento en salud y de paso unificar ambos regímenes, estos terminaron nivelándose por lo bajo y ello provocó la reacción en contra de semejante monstruosidad por parte de unos y otros. A ello se vino a sumar el rechazo categórico de los gremios de la salud y de las asociaciones científicas, a quienes sólo se les escuchó con posterioridad a la entrada en vigencia de los decretos de marras.

Como lo sostienen los investigadores de la Universidad Externado de Colombia Leonardo Cañón, Juan Carlos Cortés y Emilio Carrasco, “las reformas adoptadas en esta Emergencia Social no corresponden a un ajuste estructural del modelo y por el contrario, permiten vaticinar una efectividad temporal, aplazando el debate que en torno al Sistema General de Salud y al Sistema de Seguridad Social, el país debe adelantar” .

EL ESTADO “DE OPINIÓN” EN RETRO

Esta vez el tal Estado “de opinión” se le convirtió al gobierno en una especie de bumerang, pues, la opinión que es casquivana ahora le es adversa y ello tiene confundidos a sus más altos funcionarios y a sus adláteres.

El Ministro de Protección social, Diego Palacio, desvalijado de argumentos, recurrió a la vieja treta de atribuir la polvareda que había levantado con sus dislates a una lectura equivocada de los vitandos decretos. Según él, “uno siempre tiene que reconocer que podría haberse redactado mejor, o que podría haber hecho mejor las cosas, siempre uno tiene que reconocer, pero yo creo que hay espacios para poder avanzar y darle participación como es el espíritu del ministerio a la academia y a los distintos actores” . Es decir, en donde dije digo en realidad dije Diego, así de sencillo!

El Presidente Uribe ha oscilado entre los regaños al Ministro, perdón, a quienes redactaron los decretos y las defensa de los mismos. En pleno Consejo comunal el pasado sábado, no encontró inconveniente en jalarles las orejas, reprendiéndolos públicamente porque "Nos ponemos nosotros a adornarnos con un poco de literatura confusa y lo que hacemos es crear dificultades en la apreciación de los colombianos sobre un tema tan importante como es el tema de la salud. Breguemos a hacer esos decretos reglamentarios como versos de poetas populares, que se entienda…¡Por favor aclaremos eso hombre!" exclamó Uribe.

Pero, al día siguiente estaba defendiendo la “literatura confusa” de los decretos y tratando de pergeñar decretos reglamentarios “como versos de poetas populares” para maquillarlos, no advirtiendo que los decretos ya expedidos por tener fuerza de Ley son de una jerarquía superior a aquellos que los reglamentan. Como nos lo recuerda el ex consejero de Estado Javier Henao Hidrón, “la potestad reglamentaria, considerada por Kelsen como uno de los atributos del ejecutivo, debe desde luego, como lo ha reiterado la Corte, respetar la letra y el espíritu de la Ley”, en este caso de los decretos – leyes.

DURA LEX SED LEX

Para el Presidente Uribe, sólo “Excepcionalmente, en casos muy específicos que están focalizados por la ciencia médica, las asociaciones científicas pueden decir: este estándar es obligatorio, pero aún así el médico se puede separar” . Pero, eso no es lo que dice el Decreto – Ley 131, el cual somete al médico tratante a la férula del Vademécum oficial , el cual no puede derogarse con una simple declaración del Presidente.

Y ante cualesquier litigio ante los jueces ante los cuales le toque comparecer por este motivo, el médico lleva las de perder. La autonomía del médico se ve ahora amenazada por esta espada de Damocles, así él asegure que el “Gobierno no tiene el más mínimo interés de restringir la autonomía de los médicos” .

Eso es pura retórica para la galería. A la pregunta del reportero de “¿Quiénes van a tener que pagar parte de la salud con sus cesantías o incluso con préstamos bancarios?” , él responde sibilinamente que “Pueden hacerlo los estratos cinco y seis” , “nunca los ciudadanos pobres o de ingresos medios” ; aclarando que “habría preferido, y se lo he dicho a las viceministras de Hacienda, que ese tema no entrara en la reforma” , acotando al final que “si eso no queda absolutamente claro, yo soy el primero en pedirle al Congreso que nos ayude derogando ese punto”. Pero, resulta que un principio esencial del derecho es aquél que predica que allí en donde la Ley (léase Decreto – Ley) no distingue no le cabe al intérprete hacerlo.

Un disparate peor es plantear, como lo acaba de anunciar el Presidente, que "mientras el Congreso no lo derogue, no se usa", cuando su obligación es cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley (lésase Decreto – Ley). Sólo cabría hacerlo por la vía de la excepción de inaplicabilidad de la Ley (léase Decreto – Ley) por ser contraria a la Constitución o a otra norma jurídica, pero este no es el caso.

De modo que está fuera de lugar el anuncio por parte del acorralado Presidente al verse forzado a entonar la palinodia de inaplicar el acápite correspondiente al uso de las cesantías del abominado Decreto 128. Plantear, como lo hace el gobierno a través de un comunicado oficial de la Casa de Nariño, que “para que este punto de la reforma no se aplique, el gobierno se abstendrá de reclamentarlo” , porque no por ello pierde vigencia dicha norma. El gobierno sigue chamboneando, ya que pretermitir, entonces, el cumplimiento de la Ley (lease Decreto – Ley) es prevaricar.

Pero, además, llama poderosamente la atención que el gobierno acaba de convocar al Congreso de la República a sesiones extras, pero sólo para que le tramite una adición presupuestal y apropiar los recursos con destino a la ayuda a Haití y no se incluyó la revisión de los decretos de Emergencia.

Coincido con los investigadores de la Universidad Externado en que, mientras la Corte Constitucional hace su tarea, la cual puede derivar en una declaratoria de inexequibilidad de la Emergencia decretada, “en el actual momento y circunstancias políticas, no será posible abocar una tarea de tal envergadura en la presente legislatura, con lo que corresponderá al nuevo Congreso y al nuevo Gobierno convocar al país para resolver un asunto de interés nacional y un tema que deberá empezar a figurar en primer lugar de las propuestas políticas de los candidatos” .

De otro modo, las autoridades seguirán ramaneando sin ir al meollo del problema que, como ya lo dijimos , pasa por una legislación laboral que favorece la informalidad y el bajo ritmo de crecimiento de la economía.

Lo mismo podemos decir con respecto al Decreto 398 expedido a las volandas, tratando deesembarrar por vía reglamentaria el desaguisado del Decreto legislativo 131, el mismo que restringió el Plan Obligatorio de Salud (POS) al priorizar “la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades y las atenciones de baja complejidad, la medicina y odontología general” . Ahora, supuestamente, “se garantiza a toda la población afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, el acceso a los servicios de baja, mediana y alta complejidad según los respectivos planes de beneficios” .

Con ello se pretende en vano atemperar los ánimos exaltados y embaucar incautos, pues, como lo afirma el Presidente de la Academia Nacional de Medicina, Gustavo Malagón Londoño, al calificarse la atención de mayor complejidad como prestación excepcional, como lo prevé el Decreto – Ley 128, “ello significa abolir el propósito primordial del aseguramiento, que es precisamente atender los cuadros clínicos de mayor complejidad” .

Ante tanto enredo, no han faltado quienes demanden del Presidente la derogatoria de los decretos expedidos al amparo de la Emergencia Social, pero olvidan ellos que el ejecutivo ya perdió la competencia para hacerlo puesto que las facultades que le otorga dicho estado de excepción fue sólo por treinta días, que son los que se dio el gobierno a través del Decreto 4075 expedido el 23 de diciembre mediante el cual se declaró la Emergencia y por lo tanto se agotaron. Así las cosas, el Congreso de la República recobra dichas competencias, mientras la Corte Constitucional se ocupa del control de exequibilidad de la misma.

CONTRAPUNTEO Y DESMENTIDO

Ante la queja del gremio médico, por considerar inconsultas y lesivas las medidas que se han tomado, el Presidente de la República no tiene empacho en afirmar que “eso fue consensuado, prácticamente lo escribimos en su presencia (de las asociaciones científicas) y yo lo firmé cuando me dieron el visto bueno, y yo estuve en esas reuniones” . En una entrevista con Juan Gossaín al inquirirlo por las declaraciones del Secretario General de la Conferencia Episcopal de Colombia, Monseñor Juan Vicente Córdoba, desmintió a este. Según Monseñor en el marco de la Conferencia Episcopal le habían planteado al Presidente de la República “que no se puede obligar a una persona a usar las cesantías… que no se puede apelar a las cesantías de una persona que ha trabajado toda la vida para solucionar unos problemas de salud que son un deber del Estado y un derecho del ciudadano.

El Presidente nos hizo ver y lo mismo el Ministro cómo este punto lo estaban cuestionando y lo estaban revaluando porque realmente creo que es un punto que no se puede dejar de esa manera” . Le dijo tajantemente a Gossaín que los obispos no le habían dicho eso, que muy seguramente lo habían hablado con el Ministro, pero que con él no . No es la primera vez que el Presidente Uribe incurre en este tipo de contrapunteos, en donde al final deja planteado un dilema, la palabra de él contra la de su interlocutor.

DE ESCÁNDALO EN ESCÁNDALO

Pero, siguiendo al pié de la letra la Ley de Murphy, que dice que todo aquello que anda mal es susceptible de empeorar, cuando la tormenta aún no amainaba, en medio de semejante zafarrancho, surgió un nuevo escándalo, el cual se vino a sumar a los escándalos de Agro Ingreso Seguro (AIS) que sigue dando de qué hablar, al de los falsos positivos y más recientemente a los reveses que le significaron al Presidente sus propuestas de reclutar informantes a sueldo entre los estudiantes, el recorte por parte de los EEUU de más de US $50 millones al Plan Colombia, las explosivas y comprometedoras declaraciones del ex director del DAS Jorge Noguera, los cuales hicieron de la semana anterior un verdadero infierno para el primer mandatario.

Esta vez, a través del noticiero de televisión CM& tuvo el país la primera noticia sobre la feria de contratos de asesoría que se dio en el Ministerio de Protección para la “abstrusa” redacción de los susodichos decretos.

Pero esto no es lo peor, sino que además de lo abultado de la cifra de los honorarios, que hasta ahora superan los $1.200 millones, resulta que quienes fueron contratados estaban incursos en conflicto de intereses, pues tenían sus vinculaciones con las EPS, por lo cual tenían intereses creados y no podían proceder con la imparcialidad y la neutralidad que demandaba tan delicado oficio.

Tanto el Ministro como el Presidente han salido a defender tales asesorías con el socorrido argumento de parte de este último de que "es que esos contratos son públicos y son contratos con todos los procedimientos legales. El Ministerio (de la Protección Social) ha necesitado asesores.

Y los ha contratado transparentemente y de la más elevada competencia” y punto. Definitivamente, ha hecho carrera en este gobierno el aserto del Ministro de Hacienda Oscar Iván Zuluaga en el curso del debate en el Congreso de la República a raíz de otro escándalo, el de los negocios de los delfines: “La Ley es el único standard para decir si el funcionario público cumple con lo que le designó la sociedad…La ética es la Ley” . Esto es, hasta donde llega la Ley va la ética. Apaga y vámonos!

Bogotá, febrero 12 de 2010
www.amylkaracosta.net